jueves, 1 de junio de 2023

LEGISLACIÓN TAURINA. Por Miguel Moreno.

 LEGISLACIÓN TAURINA 

    Se viene observando en las últimas temporadas taurinas y más concretamente en las ferias de las ciudades en fiestas, que el público en general como realmente se divierte es solicitando el corte de orejas por parte de los toreros actuantes, sin importarles para nada otras consideraciones primordiales e inherentes a la correcta lidia, como pudieran ser: Integridad de las astas del toro y su trapío, toreo de capote, tercio de varas, colocación de la espada en la suerte suprema… Todo esto queda en el toreo actual relegado a un término secundario ante la importancia creciente del corte de orejas –al ser posible peludas-, que hace realmente a los asistentes felices y disfrutan como si de niños con zapatos nuevos se tratase.

     En vista de lo anteriormente expuesto y siendo que, desgraciadamente, hasta el día de la fecha estos animales siguen naciendo con sólo dos apéndices auriculares. Este Organismo que suscribe sensible a las solicitudes del pueblo, y más en estas cosas en las que no cuesta mucho arbitrar nuevas normativas que colaboren a la alegría y felicidad de las gentes, acuerda en virtud de las competencias administrativas que le son inherentes y que le confieren nuestra Sagrada Legislación en materia taurina, aprobar el presente Real Decreto-Ley que entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado impreso y digital, y que consta de un artículo único e indivisible que colaborará al esparcimiento y contento de los espectadores; por todo lo cual vengo a decretar que:


    ARTÍCULO ÚNICO: Todos los toros y novillos que se lidien en cualquier plaza de nuestro Territorio Nacional, incluidas nacionalidades, autonomías y territorios de ultramar, irán provistos de cuatro orejas, CUATRO OREJAS, CUATRO, que se adaptarán de forma convincente, segura y fija justamente por debajo de las originales o naturales con las que regularmente nacen provistos estos entrañables animales. Por lo que acogiéndose a la presente normativa un torero podrá legalmente cortar en un mismo toro o novillo hasta un total de cuatro orejas, cuatro, y un rabo –lo del rabo de momento se deja como está, lo que no impide que en un futuro pueda ser revisable para su duplicación-, ello redundará en la mayor emotividad colorista de este espectáculo nuestro tan idolatrado y ancestral.


     En virtud de lo expuesto se aprueba este Real Decreto-Ley en este Lugar, a tantos de tantos del dos mil y tantos.

                          Miguel MORENO GONZÁLEZ


9 comentarios:

  1. Con buen humor, pero siempre con esa crítica constructiva 😉. Feliz Jueves. Luis M. González

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  2. Muy buena medida. Que sería de la fiesta sin ti.
    A. Acuña

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  3. lo siento mucho pero yo amo a los animales no me gusta que diviertan con ellos es mi opinión al que les guste yo lo respeto ��

    Aurora Ferrera Ruiz

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  4. Ya lo he visto al medio día..me lo ha enviado Miguel...es gracioso lo de las 4 orejas... jeje

    José Antonio Álvarez Gallego de Guzmán

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  5. La gente paga una cantidad por la entrada, y no está dispuesta a una mala inversión, por lo tanto, que la corrida sea un éxito, aunque haya sido un bodrio.

    Miguel Montero Ceprian

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  6. No queda más que sonreír al menos si no reír abiertamente. Buen humor y un poso de ácida crítica a lo que se está convirtiendo ir a los toros en los que cada vez hay menos aficionados cabales. Un abrazo.
    Pepe Vázquez

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  7. No me gustan los toros, los hacen sufrir hasta que los matan.... Se que Cadalso es muy taurina. Lo siento no me gustan!!!!

    Elena Rojas Mayor

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  8. A mi tampoco.

    Pilu Jimenez Garcia

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  9. No me gustan los toros,con el dinero que se gastan en una entrada podían ayudar a muchas ONGS.

    Ely Quitero

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